La petición de herencia es un derecho legal que permite a un heredero reclamar los bienes que le corresponden de una herencia cuando no los posee o cuando otra persona los posee indebidamente. Aquí hay algunos puntos clave sobre la petición de herencia.
En Perú, la petición de herencia es un proceso legal mediante el cual una persona que se considera heredero solicita la entrega de la herencia que le corresponde. Este proceso está regulado por el artículo 664 del Código Civil peruano en los siguientes términos:
Artículo 664.- "El derecho de petición de herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él.
A la pretensión a que se refiere el párrafo anterior, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han preterido sus derechos. Las pretensiones a que se refiere este Artículo son imprescriptibles y se tramitan como proceso de conocimiento."
El heredero que no posee los bienes que le pertenecen.
El heredero que ha sido excluido injustamente de la herencia.
El heredero que desea concurrir con otros herederos en la posesión de los bienes.
Contra quien posea los bienes de la herencia, ya sea en su totalidad o en parte.
Contra quien se considere heredero sin tener derecho a ello.
Reconocer el derecho del heredero sobre los bienes de la herencia.
Restituir los bienes al heredero legítimo.
Garantizar que el reparto de la herencia se realice conforme a la ley.
La petición de herencia es una acción legal que se ejerce ante un juez.
El heredero debe probar su derecho a la herencia, ya sea con un testamento o con documentos que acrediten su parentesco con el fallecido.
La petición de herencia puede incluir la reclamación de los frutos y rentas que hayan producido los bienes de la herencia.
En algunos paises, existe un tiempo limite para realizar esta petición.
Cuando un heredero legítimo ha sido excluido del testamento.
Cuando un tercero se ha apropiado de bienes de la herencia sin derecho.
Cuando existen disputas entre herederos sobre la validez del testamento.
Cuando no se ha realizado un testamento, y existen conflictos entre quienes se consideran herederos.
Es importante buscar asesoramiento legal si se encuentra en una situación en la que necesita presentar una petición de herencia. Un abogado especializado en derecho sucesorio podrá guiarlo a través del proceso y proteger sus derechos.
El proceso civil de petición de herencia en Perú se lleva a cabo cuando un heredero considera que sus derechos sucesorios han sido vulnerados, ya sea porque ha sido excluido de la herencia o porque desea concurrir con otros herederos. A continuación, se describen las etapas principales de este proceso:
El heredero afectado debe presentar una demanda ante el juez competente, generalmente el del último domicilio del fallecido.
En la demanda, se debe especificar la relación del demandante con el fallecido, la descripción de los bienes hereditarios y la pretensión de ser reconocido como heredero y recibir la parte correspondiente de la herencia.
Es importante adjuntar a la demanda todos los documentos que acrediten la calidad de heredero, como partidas de nacimiento, matrimonio, defunción, testamentos, entre otros.
En caso de que exista una declaración judicial o notarial de herederos previa y el demandante considere que sus derechos han sido afectados, puede acumular a la demanda la pretensión de ser declarado heredero.
El juez revisa la demanda y, si cumple con los requisitos legales, la admite a trámite.
Se notifica a los demandados, es decir, a quienes poseen los bienes hereditarios o a los demás herederos, para que respondan a la demanda.
Los demandados tienen un plazo para contestar la demanda, en el que pueden oponerse a las pretensiones del demandante y presentar sus propios argumentos y pruebas.
El juez convoca a una audiencia en la que se presentan y evalúan las pruebas de ambas partes, como documentos, testimonios y peritajes.
Una vez evaluadas las pruebas, el juez dicta sentencia, en la que determina quiénes son los herederos y cómo se distribuirán los bienes hereditarios.
Si la sentencia es favorable al demandante, se ordena la restitución de los bienes que le corresponden.
Si los demandados no cumplen voluntariamente con la sentencia, se puede iniciar un proceso de ejecución para hacerla cumplir, que puede incluir el embargo y remate de bienes.
La acción de petición de herencia es imprescriptible, lo que significa que no tiene un plazo límite para ser ejercida.
El Proceso de Petición de Herencia se tramita como proceso de conocimiento.
Es recomendable contar con asesoría legal especializada para llevar a cabo este proceso.
Es importante tener en cuenta que las etapas y los plazos pueden variar según las circunstancias de cada caso y la interpretación del juez.
Heredero Legítimo: el demandante debe acreditar qué es el heredero oh que representa a una persona con tal derecho, como los descendientes, ascendientes, cónyuge, y otros parientes cercanos.
Heredero Testamentario: también puede acreditar qué el demandante ha sido designado como herederos en el testamento del fallecido.
Se debe acreditar qué la persona de cuya herencia se trata (el causante) debe haber fallecido.
Deben existir bienes, derechos y obligaciones que conformen la masa hereditaria.
Se debe presentar los documentos que acrediten la calidad de heredero legítimo o testamentario, como partidas de nacimiento, matrimonio, o el testamento debidamente inscrito.
La petición de herencia se presenta ante el Juzgado de Paz Letrado o el Juzgado de Familia competente, según la cuantía y la complejidad del caso.
La demanda debe incluir:
Identificación del demandante y su calidad de heredero.
Datos del causante (nombre completo, fecha de fallecimiento, etc.).
Relación de bienes y derechos que conforman la herencia.
Documentos que acrediten la calidad de heredero.
Solicitud de entrega de la herencia o de su participación en la misma.
Se notifica a todos los posibles herederos y demás interesados en la herencia para que puedan participar en el proceso y presentar sus alegaciones.
El juez convoca a una audiencia para escuchar a las partes y recibir las pruebas presentadas.
Pueden ser necesarios informes periciales, testimonios, y otros medios probatorios para acreditar la calidad de heredero y la existencia y valor de los bienes hereditarios.
El juez emite una sentencia determinando quiénes son los herederos y cómo se distribuirá la herencia.
La sentencia puede ser apelada por las partes si no están de acuerdo con la decisión.
Una vez firme la sentencia, se procede a la ejecución, lo que incluye la entrega de los bienes hereditarios a los herederos conforme a lo determinado por el juez.
Partida de Defunción del Causante: Documento documento con el cual se acredita el fallecimiento del causante.
Partidas de Nacimiento y/o Matrimonio: Para acreditar la relación de parentesco con el causante.
Testamento: Si existiera, debe estar debidamente inscrito y acompañado de la declaración de herederos.
Inventario de Bienes y Derechos: Relación detallada de los bienes, derechos y obligaciones del causante.
Documentos de Identidad: Se debe adjuntar el DNI de los herederos y del causante.
Otros Documentos: Cualquier otro documento que el juez considere necesario para la resolución del caso.
Plazo para Reclamar Herencia: El derecho a reclamar la herencia prescribe en 10 años desde el fallecimiento del causante.
Herencia Yacente: Si no hay herederos declarados, la herencia permanece yacente hasta que alguien reclame o se declare vacante y pase al Estado.
Impuestos y Deudas: Los herederos deben hacerse cargo de los impuestos sucesorios y de las deudas del causante hasta el límite del valor de la herencia recibida.
La petición de herencia en Perú es un proceso legal que requiere cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación adecuada para acreditar la calidad de heredero. Es recomendable contar con asesoría legal especializada para garantizar que el proceso se realice correctamente y se respeten los derechos de todos los interesados
El derecho de petición de herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él. A la pretensión a que se refiere el párrafo anterior, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han preterido sus derechos. Las pretensiones a que se refiere este Artículo son imprescriptibles y se tramitan como proceso de conocimiento.
Puede ocurrir que la persona que se encuentra en posesión de los bienes hereditarios lo esté a título de heredero que provenga del mismo causante, o sea que el poseedor resulta ser otro coheredero. En estos casos, el derecho del heredero o la eventual acción judicial que puede ejercitar para concurrir con el que está en posesión, o para excluirlo, si tuviera mejor derecho, se denomina acción de petición de herencia. Es decir, esta acción se plantea cuando hay herederos con intereses contrapuestos o concurrentes. Entendemos por acción petitoria de herencia como aquella interpuesta por un heredero contra un coheredero para concurrir con este, o contra un heredero o legatario aparente para excluirlo de los bienes de la herencia. En ambos casos el coheredero o el heredero o legatario aparente estarán en posesión de los bienes que constituyen la herencia.
El artículo 764, establece la posibilidad de una acumulación de derechos cuando el demandante carezca de título de heredero por no haber sido incluido en la correspondiente declaración de herederos y considera que con esa resolución judicial ha sido preterido injustamente.
De conformidad con la Casación 2792-2002, Lima:
El Código Civil señala expresamente como pretensiones imprescriptibles la acción petitoria de herencia, la acción reivindicatoria y la acción de partición.
INTERÉS PARA OBRAR (prescripción, caducidad o conciliación)
Las pretensiones son imprescriptibles (art. 664 CC). No procede la conciliación en la petición de herencia, cuando en la demanda se incluye la solicitud de declaración de heredero (art. 8.g) Ley 26872).
LEGITIMIDAD PARA OBRAR ACTIVA
Heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen (art. 664 CC).
LEGITIMIDAD PARA OBRAR PASIVA
Las personas que posean en todo o parte los bienes de la herencia a título sucesorio (art. 664 CC).
COMPETENCIA
Por ser un proceso de conocimiento (art. 664 C.C.), el juez competente es un juez especializado civil (art. 475 CPC)
CAPACIDAD
Heredero
REQUISITOS DE LA DEMANDA (petitorio, acumulación de pretensiones o medios de prueba)
Posibilidad de acumulación de la pretensión de declaración de heredero a la de petición de herencia.
VOLUNTAD DE LA LEY
Artículo 664 del Código Civil que indica “El derecho de petición de herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él. A la pretensión a que se refiere el párrafo anterior, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han preterido sus derechos. Las pretensiones a que se refiere este Artículo son imprescriptibles y se tramitan como proceso de conocimiento.”
Sentencia Casación N° 5175-2019 Lima Petición de Herencia
En el caso de autos trata del periodo reconocido judicialmente como unión de hecho, fue anterior a la vigencia de le Ley 30007-Ley que reconoce el derecho sucesorio entre los miembros de uniones de hecho, la cual no puede aplicar sus efectos retroactivamente.
Casación N° 1407-2019 Lima Petición de Herencia
La representación sucesoria es un derecho establecido por ley mediante el cual los descendientes más próximos en grado sucesorio al heredero originalmente llamado pueden acceder a la herencia del causante cuando aquel no quiere o no puede recibir la cuota hereditaria que pudo corresponderle, la cual será distribuida entre dichos descendientes ulteriores por estirpe, de modo tal que no afecte el derecho de los restantes herederos originarios del causante que recibirán sus correspondientes cuotas.
CASACIÓN 59-2018 AREQUIPA DECLARATORIA DE HEREDEROS
1 SUMILLA: Dentro de un proceso de petición de herencia en el cual conforme al artículo 664 del Código Civil acumulativamente se solicita la declaratoria de herederos, no es necesario efectuar de manera previa un proceso de rectificación de partidas cuando se advierta algún error material evidente en la partida de nacimiento, puesto que el entroncamiento familiar puede ser esclarecido al interior de ese mismo proceso lato conforme a los medios probatorios ofrecidos por las partes.
EXPEDIENTE: (…)
SECRETARIO: (…)
ESCRITO: 01-2017
SUMILLA: DEMANDA DE PETICIÓN DE HERENCIA Y DECLARACIÓN DE HEREDERO
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL
(Nombres y apellidos del Heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen), con DNI (…), con domicilio real (…), con domicilio procesal (…), con domicilio electrónico (…); a Ud., respetuosamente, digo.
I. DEL DEMANDADO Y SU DIRECCIÓN
(Indicar los nombres y apellido de las personas que posean en todo o parte los bienes de la herencia a título sucesorio), con domicilio para notificaciones en (…).
II. PETITORIO
Como pretensión principal, en mi calidad de heredero, solicito que se declare la posesión de los bienes que conforman la masa hereditaria del causante (indicar nombres y apellidos) a mi favor, excluyendo de dicha posesión al Sr. (…) o que se me permita concurrir con él en la referida posesión.
Como pretensión accesoria, solicito que se me declare heredero del causante (indicar nombres y apellidos), pago de costos y costas del proceso.
III. FUNDAMENTOS DE HECHO
1.- En mérito a (testamento o sucesión intestada) soy heredero de quien en vida fue (…).
2.- El causante antes de fallecer era propietario de los siguientes bienes (describir los bienes a poseer).
3.- Dichos bienes estaban indebidamente en posesión del demandado quien (indicar si no es heredero para excluirlo o indicar si es heredero para concurrir con él).
(…)
5.- Adicionalmente, le solicitamos se sirva declararnos heredero por hacerme falta el título que lo reconozca al ser (acreditar si es hijo u otra clase de heredero).
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
El artículo 664 del Código Civil indica «El derecho de petición de herencia corresponde al heredero que no posee los bienes que considera que le pertenecen, y se dirige contra quien los posea en todo o parte a título sucesorio, para excluirlo o para concurrir con él. A la pretensión a que se refiere el párrafo anterior, puede acumularse la de declarar heredero al peticionante si, habiéndose pronunciado declaración judicial de herederos, considera que con ella se han preterido sus derechos. Las pretensiones a que se refiere este artículo son imprescriptibles y se tramitan como proceso de conocimiento.»
V. MONTO DEL PETITORIO
No es cuantificable en dinero.
VI. MEDIOS PROBATORIOS
1.- Sucesión intestada donde se verifica que no se le consideró como heredero.
2.- Acta de Defunción para acreditar el fallecimiento del causante.
3.- Acta de Nacimiento que me acredita como hijo del causante.
4.- Partidas Registrales de los bienes materia de posesión para acreditar que los mismos son del causante.
(Indicar los demás medios de prueba que considere necesarios).
VII. ANEXOS
1-A. Copia de mi DNI
1-B. Sucesión intestada donde se verifica que no se le consideró como heredero.
1-C. Acta de Defunción para acreditar el fallecimiento del causante.
1-D. Acta de Nacimiento que me acredita como hijo del causante.
1-E. Partidas Registrales de los bienes materia de posesión para acreditar que los mismos son del causante.
PRIMER OTROSÍ.- (…)
POR LO EXPUESTO:
A Ud. pido admitir a trámite mi demanda.
Arequipa, 22 de setiembre de 2017.
(Firma del abogado y firma del demandante)
Abogado para hacer peticion de herencia