En el Perú, el divorcio por mutuo acuerdo es una opción rápida y menos conflictiva para disolver el vínculo matrimonial. A continuación, se detallan los requisitos y el procedimiento para llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo:
Consentimiento de ambos cónyuges:
Ambos deben estar de acuerdo en finalizar el matrimonio.
Matrimonio inscrito:
El matrimonio debe estar debidamente inscrito en el Registro Civil.
Tiempo mínimo de matrimonio:
Deben haber transcurrido al menos dos años desde la celebración del matrimonio.
Convenio de separación y divorcio:
Los cónyuges deben presentar un convenio en el que se acuerden los términos de la separación. Este convenio debe incluir:
La liquidación de la sociedad de gananciales (si fuera el caso).
El régimen de tenencia, alimentos y visitas de los hijos menores o incapaces.
Otros acuerdos patrimoniales y económicos.
Constancia de domicilio:
Ambos cónyuges deben acreditar su domicilio mediante documentos oficiales.
Certificado de matrimonio:
Copia certificada del acta de matrimonio.
Certificados de nacimiento de los hijos:
Copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos menores o incapaces.
Presentación de la solicitud:
La solicitud de divorcio debe ser presentada conjuntamente por ambos cónyuges ante el juez de paz letrado o ante el notario público del distrito donde se celebró el matrimonio o donde reside uno de los cónyuges.
Revisión del convenio:
El juez o notario revisará el convenio de separación y verificará que se cumplan todos los requisitos legales.
Publicación de edictos:
Se deberá publicar edictos en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, anunciando el inicio del proceso de divorcio. Esta publicación se realiza durante tres días consecutivos.
Plazo de espera:
Transcurridos 15 días desde la última publicación y no habiendo oposición de terceros, el juez o notario procederá a dictar la resolución o escritura pública de divorcio.
Inscripción del divorcio:
La resolución judicial o la escritura pública de divorcio debe ser inscrita en el Registro Civil correspondiente para que el divorcio tenga efectos legales.
En el Perú, el divorcio de mutuo acuerdo también puede ser tramitado ante una municipalidad. Este procedimiento es una alternativa a los trámites ante el Poder Judicial o una notaría y puede ser más rápido y económico. A continuación, se detallan los requisitos y el procedimiento específico para llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo en una municipalidad:
Consentimiento de ambos cónyuges:
Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en finalizar el matrimonio.
Matrimonio inscrito:
El matrimonio debe estar debidamente inscrito en el Registro Civil.
Tiempo mínimo de matrimonio:
Deben haber transcurrido al menos dos años desde la celebración del matrimonio.
Convenio de separación y divorcio:
Los cónyuges deben presentar un convenio en el que se acuerden los términos de la separación. Este convenio debe incluir:
La liquidación de la sociedad de gananciales (si fuera el caso).
El régimen de tenencia, alimentos y visitas de los hijos menores o incapaces.
Otros acuerdos patrimoniales y económicos.
Constancia de domicilio:
Ambos cónyuges deben acreditar su domicilio mediante documentos oficiales. Al menos uno de los cónyuges debe tener domicilio en el distrito de la municipalidad donde se solicita el divorcio.
Certificado de matrimonio:
Copia certificada del acta de matrimonio.
Certificados de nacimiento de los hijos:
Copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos menores o incapaces, si los hubiere.
Declaración jurada de no tener bienes:
Si los cónyuges no tienen bienes sujetos a liquidación, deben presentar una declaración jurada indicando esta situación.
Presentación de la solicitud:
Los cónyuges deben presentar la solicitud de divorcio por mutuo acuerdo ante la municipalidad del distrito donde reside uno de ellos, acompañada de todos los documentos requeridos.
Revisión del convenio:
La municipalidad revisará el convenio de separación y verificará que se cumplan todos los requisitos legales.
Publicación de edictos:
La municipalidad procederá a publicar edictos en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, anunciando el inicio del proceso de divorcio. Esta publicación se realiza durante tres días consecutivos.
Plazo de espera:
Transcurridos 15 días desde la última publicación y no habiendo oposición de terceros, la municipalidad procederá a emitir la resolución de divorcio.
Inscripción del divorcio:
La resolución municipal de divorcio debe ser inscrita en el Registro Civil correspondiente para que el divorcio tenga efectos legales.
En el Perú, el divorcio por causal es una de las formas en las que se puede disolver el vínculo matrimonial. Este tipo de divorcio requiere la presentación de pruebas que demuestren la existencia de una causa justificada para la separación. A continuación se detallan los requisitos y las causales más comunes para un divorcio por causal en el Perú:
Requisitos para el Divorcio por Causal:
Demanda de Divorcio: La parte interesada debe presentar una demanda de divorcio ante el Juzgado de Familia correspondiente.
Causal de Divorcio: Debe fundamentarse la demanda en una de las causales previstas en el artículo 333 del Código Civil peruano.
Pruebas: Es necesario presentar pruebas que sustenten la causal invocada. Estas pruebas pueden ser documentales, testimoniales, periciales, entre otras.
Audiencia: Se llevará a cabo una audiencia en la que ambas partes podrán presentar sus argumentos y pruebas.
Sentencia: Si el juez considera que la causal está debidamente probada, dictará sentencia declarando la disolución del matrimonio.
Causales de Divorcio:
El artículo 333 del Código Civil peruano establece diversas causales de divorcio, entre las que se encuentran:
Adulterio: La infidelidad conyugal comprobada.
Violencia Física o Psicológica: Maltrato físico o psicológico que pone en peligro la integridad del cónyuge o de los hijos.
Atentado contra la Vida del Cónyuge: Intento de homicidio del cónyuge.
Injuria Grave: Ofensa grave que haga insoportable la vida en común.
Abandono Injustificado del Hogar: Abandono del hogar conyugal por más de dos años continuos sin causa justificada.
Conducta Deshonrosa: Comportamiento indigno que afecte gravemente la relación matrimonial.
Enfermedad Grave Incurable: Padecimiento de una enfermedad grave e incurable que haga imposible la convivencia matrimonial.
Condena Penal: Condena por delito doloso a pena privativa de libertad mayor a dos años.
Procedimiento:
Presentación de la Demanda: La parte interesada presenta la demanda de divorcio por causal ante el Juzgado de Familia.
Admisión de la Demanda: El juez evalúa la demanda y, si cumple con los requisitos formales, la admite a trámite.
Notificación: La otra parte es notificada de la demanda y se le concede un plazo para responder.
Audiencia: Se celebra una audiencia en la que ambas partes presentan sus pruebas y argumentos.
Sentencia: El juez emite una sentencia que puede declarar la disolución del matrimonio si considera que la causal está probada.
Inscripción: Si la sentencia es favorable, se inscribe el divorcio en el Registro Civil.
Documentación Necesaria:
Partida de Matrimonio: Certificada y actualizada.
Partidas de Nacimiento de los Hijos: Certificadas y actualizadas, si los hubiera.
DNI de las Partes: Copia del Documento Nacional de Identidad de ambos cónyuges.
Pruebas de la Causal: Documentación que sustente la causal invocada (certificados médicos, testimonios, informes periciales, etc.).
Consideraciones Finales:
Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia para llevar a cabo este tipo de proceso, ya que la correcta presentación de la demanda y de las pruebas es crucial para el éxito del caso.
Si necesitas más detalles específicos o ayuda con la redacción de una demanda de divorcio por causal, no dudes en solicitarlo.
Abogado para divorcio
Presentación de la solicitud:
La solicitud de divorcio debe ser presentada conjuntamente por ambos cónyuges ante el juez de paz letrado o ante el notario público del distrito donde se celebró el matrimonio o donde reside uno de los cónyuges.
Revisión del convenio:
El juez o notario revisará el convenio de separación y verificará que se cumplan todos los requisitos legales.
Publicación de edictos:
Se deberá publicar edictos en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, anunciando el inicio del proceso de divorcio. Esta publicación se realiza durante tres días consecutivos.
Plazo de espera:
Transcurridos 15 días desde la última publicación y no habiendo oposición de terceros, el juez o notario procederá a dictar la resolución o escritura pública de divorcio.
Inscripción del divorcio:
La resolución judicial o la escritura pública de divorcio debe ser inscrita en el Registro Civil correspondiente para que el divorcio tenga efectos legales.
En el Perú, el divorcio de mutuo acuerdo también puede ser tramitado ante una municipalidad. Este procedimiento es una alternativa a los trámites ante el Poder Judicial o una notaría y puede ser más rápido y económico. A continuación, se detallan los requisitos y el procedimiento específico para llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo en una municipalidad:
Consentimiento de ambos cónyuges:
Ambos cónyuges deben estar de acuerdo en finalizar el matrimonio.
Matrimonio inscrito:
El matrimonio debe estar debidamente inscrito en el Registro Civil.
Tiempo mínimo de matrimonio:
Deben haber transcurrido al menos dos años desde la celebración del matrimonio.
Convenio de separación y divorcio:
Los cónyuges deben presentar un convenio en el que se acuerden los términos de la separación. Este convenio debe incluir:
La liquidación de la sociedad de gananciales (si fuera el caso).
El régimen de tenencia, alimentos y visitas de los hijos menores o incapaces.
Otros acuerdos patrimoniales y económicos.
Constancia de domicilio:
Ambos cónyuges deben acreditar su domicilio mediante documentos oficiales. Al menos uno de los cónyuges debe tener domicilio en el distrito de la municipalidad donde se solicita el divorcio.
Certificado de matrimonio:
Copia certificada del acta de matrimonio.
Certificados de nacimiento de los hijos:
Copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos menores o incapaces, si los hubiere.
Declaración jurada de no tener bienes:
Si los cónyuges no tienen bienes sujetos a liquidación, deben presentar una declaración jurada indicando esta situación.
Presentación de la solicitud:
Los cónyuges deben presentar la solicitud de divorcio por mutuo acuerdo ante la municipalidad del distrito donde reside uno de ellos, acompañada de todos los documentos requeridos.
Revisión del convenio:
La municipalidad revisará el convenio de separación y verificará que se cumplan todos los requisitos legales.
Publicación de edictos:
La municipalidad procederá a publicar edictos en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación, anunciando el inicio del proceso de divorcio. Esta publicación se realiza durante tres días consecutivos.
Plazo de espera:
Transcurridos 15 días desde la última publicación y no habiendo oposición de terceros, la municipalidad procederá a emitir la resolución de divorcio.
Inscripción del divorcio:
La resolución municipal de divorcio debe ser inscrita en el Registro Civil correspondiente para que el divorcio tenga efectos legales.
Notas adicionales
Intervención de abogados: Es recomendable contar con la asesoría de un abogado para la elaboración del convenio de separación y para asegurar que se cumplan todos los requisitos legales.
Costos: Los costos pueden variar dependiendo de los honorarios de los abogados y las publicaciones en los diarios. Las tasas municipales también pueden variar según la municipalidad.
Estos son los pasos generales para llevar a cabo un divorcio por mutuo acuerdo en una municipalidad en el Perú. Es importante consultar con un abogado especializado y con la municipalidad correspondiente para obtener asesoramiento específico y actualizado según cada caso particular.
En el Perú, el divorcio por causal es una de las formas en las que se puede disolver el vínculo matrimonial. Este tipo de divorcio requiere la presentación de pruebas que demuestren la existencia de una causa justificada para la separación. A continuación se detallan los requisitos y las causales más comunes para un divorcio por causal en el Perú:
Requisitos para el Divorcio por Causal:
Demanda de Divorcio: La parte interesada debe presentar una demanda de divorcio ante el Juzgado de Familia correspondiente.
Causal de Divorcio: Debe fundamentarse la demanda en una de las causales previstas en el artículo 333 del Código Civil peruano.
Pruebas: Es necesario presentar pruebas que sustenten la causal invocada. Estas pruebas pueden ser documentales, testimoniales, periciales, entre otras.
Audiencia: Se llevará a cabo una audiencia en la que ambas partes podrán presentar sus argumentos y pruebas.
Sentencia: Si el juez considera que la causal está debidamente probada, dictará sentencia declarando la disolución del matrimonio.
Causales de Divorcio:
El artículo 333 del Código Civil peruano establece diversas causales de divorcio, entre las que se encuentran:
Adulterio: La infidelidad conyugal comprobada.
Violencia Física o Psicológica: Maltrato físico o psicológico que pone en peligro la integridad del cónyuge o de los hijos.
Atentado contra la Vida del Cónyuge: Intento de homicidio del cónyuge.
Injuria Grave: Ofensa grave que haga insoportable la vida en común.
Abandono Injustificado del Hogar: Abandono del hogar conyugal por más de dos años continuos sin causa justificada.
Conducta Deshonrosa: Comportamiento indigno que afecte gravemente la relación matrimonial.
Enfermedad Grave Incurable: Padecimiento de una enfermedad grave e incurable que haga imposible la convivencia matrimonial.
Condena Penal: Condena por delito doloso a pena privativa de libertad mayor a dos años.
Procedimiento:
Presentación de la Demanda: La parte interesada presenta la demanda de divorcio por causal ante el Juzgado de Familia.
Admisión de la Demanda: El juez evalúa la demanda y, si cumple con los requisitos formales, la admite a trámite.
Notificación: La otra parte es notificada de la demanda y se le concede un plazo para responder.
Audiencia: Se celebra una audiencia en la que ambas partes presentan sus pruebas y argumentos.
Sentencia: El juez emite una sentencia que puede declarar la disolución del matrimonio si considera que la causal está probada.
Inscripción: Si la sentencia es favorable, se inscribe el divorcio en el Registro Civil.
Documentación Necesaria:
Partida de Matrimonio: Certificada y actualizada.
Partidas de Nacimiento de los Hijos: Certificadas y actualizadas, si los hubiera.
DNI de las Partes: Copia del Documento Nacional de Identidad de ambos cónyuges.
Pruebas de la Causal: Documentación que sustente la causal invocada (certificados médicos, testimonios, informes periciales, etc.).
Consideraciones Finales:
Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia para llevar a cabo este tipo de proceso, ya que la correcta presentación de la demanda y de las pruebas es crucial para el éxito del caso.
Si necesitas más detalles específicos o ayuda con la redacción de una demanda de divorcio por causal, no dudes en solicitarlo.
Abogado para divorcio
Estas son las causales o motivos por las que puedes interponer una demanda de divorcio contencioso en el Poder Judicial.
Adulterio.
Violencia física o psicológica.
Atentar contra la vida del cónyuge.
Injuria grave que haga imposible la vida en común.
Abandono injustificado del hogar conyugal por más de dos años, continuos o acumulados.
Conducta deshonrosa que haga insoportable la vida en común.
Uso habitual de drogas u otras sustancias que generen toxicomanía (excepto en caso de tratamiento por enfermedades mentales o contagiosas).
Enfermedad grave de transmisión sexual contraída después del matrimonio.
Homosexualidad no conocida antes del matrimonio de uno de los integrantes de la pareja.
Condena privativa de libertad mayor a 2 años por delito doloso, impuesta después del matrimonio.
Imposibilidad de vida en común probada en un proceso judicial.
Separación de hecho de 2 años o más, excepto si hubiese hijos menores de edad.
Presentación de la demanda señalando alguna de las causales establecidas por ley.
Copia simple del DNI de la demandante.
Partida de matrimonio.
Partida de nacimiento de los hijos, de ser el caso.
Documentos que acrediten la propiedad de los bienes muebles.
La causal invocada no haya caducado.
La causal invocada debe estar debidamente acompañada con las pruebas que acrediten su existencia.
Tasa judicial por notificación.
Tasa judicial por medios probatorios ofrecidos.
Procedimiento:
Presentada la demanda el juez admite a tramite y se dará traslado de la demanda la cónyuge demandado junto con los documentos acompañados.
El cónyuge demandado tendrá un plazo de 30 días para presentar el escrito de contestación a la demanda.
En caso de existir hijos menores de edad o incapacitados, se dará traslado la demanda al Ministerio Publico.
Se fija de fecha de audiencia única.
Emisión de sentencia.
El cónyuge demandado se persona en el procedimiento y contesta el escrito de demanda.
En la contestación el demandado ante una demanda de divorcio contencioso tiene 4 opciones:
Contestar la demanda.
No contestar la demanda y no apersonarse, ni apersonarse en el proceso (rebeldía).
Apersonarse en el proceso y no contestar.
Allanarse a la demanda (total o parcial).
De acuerdo con el artículo 349 del Código Civil referido a las causales de divorcio puede demandarse el divorcio por las causales señaladas en el artículo 333, incisos del 1 al 12 del mencionado cuerpo legislativo.
Sentencias del Poder Judicial:
1. Estar al día con la pensión de alimentos no es requisito para demandar divorcio en este caso [Casación 2458-2016, Sullana]
2. Divorcio: Inaplican III Pleno Casatorio por generar indefensión en una de las partes [Casación 991-2016, Lima Sur]
3. Divorcio: ¿en qué casos no cesa la obligación alimentaria entre los cónyuges? [Casación 5818-2007, Moquegua]
4. Plazo para pedir el divorcio si su esposo tuvo un hijo con otra mujer [Casación 3475-2014, Lima Norte]
5. Divorcio: valoran incumplimiento de promesas hechas durante noviazgo para fundar demanda [Casación 745-2014, Lima]
6. Aunque se desestime la demanda de divorcio, el juez debe pronunciarse sobre tenencia, alimentos o régimen de visitas [Casación 2887-2016, La Libertad]
7. Proceso de alimentos no impide divorcio por separación de hecho [Casación 3432-2014, Lima]
8. ¿Puede el cónyuge culpable pedir el divorcio por causal? [Casación 119-2005, Lima]
9. Se disuelve sociedad conyugal con divorcio en el extranjero aunque no haya sido reconocido en Perú [Casación 1075-2015, Lima]
10. Divorcio provoca que bienes sociales pasen a ser copropiedad de los excónyuges [Casación 870-2016, Lima Norte]
11. [Exequatur] Divorcio notarial celebrado en el extranjero también puede ser reconocido en el Perú [Apelación 1192-2016, Arequipa]
12. Causal de imposibilidad de hacer vida en común da lugar a un divorcio sanción [Casación 4176-2015, Cajamarca]
13. Establecen cuándo fenece sociedad de gananciales en divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común [Casación 1333-2016, Cusco].